Argentina: amplían facultades de policías con armas letales
El Gobierno argentino, a través del Ministerio de Seguridad, oficializó el nuevo reglamento para las fuerzas federales de seguridad (Gendarmería, Prefectura, Policía de Seguridad Aeroportuaria y Policía Federal) que amplía los casos en que podrán a usar armas de fuego, entre ellas cuando una persona que supuestamente cometió un delito huye aún cuando no esté armada, y deja a criterio de los efectivos determinar la eventualidad de un delito y si corresponde identificarse antes de abrir fuego.
La ministra Patricia Bullrich argumentó que «resulta necesario implementar acciones que tiendan a sostener la protección de la vida y la integridad física de la ciudadanía en su conjunto y de los miembros de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, cuando se encuentren en una situación de peligro inminente, como así también velar por la protección de los derechos fundamentales de todas las personas».
Bullrich agregó que el nuevo reglamento -publicado el lunes en el Boletín Oficial- «va a generar confianza en la defensa de la sociedad» y cambia la antigua doctrina de que los policías «tenían que esperar que el delincuente tire primero» para poder repeler una agresión.
La resolución 956/2018 -denunciada como Ley de Gatillo Fácil- permite que el uso de armas letales es válido por parte de las fuerzas federales de seguridad en «defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves».
También autoriza en caso que sea necesario «impedir la comisión de un delito particularmente grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas».
También «para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad» o «para impedir la fuga de quien represente ese peligro inminente, y hasta lograr su detención».
La normativa considera «peligro inminente» cuando «se actúe bajo amenaza de muerte o de lesiones graves para sí, o para terceras personas», o en caso de que «el presunto delincuente posea un arma letal, aunque luego de los hechos se comprobase que se trataba de un símil de un arma letal».
El mismo principio se aplicará «cuando se presuma verosímilmente que el sospechoso pueda poseer un arma letal» y «cuando integrase un grupo de dos o más personas y otro miembro del grupo posea un arma o haya efectuado disparos, o haya lesionado a terceras personas».
También cuando el sospechoso «trate de acceder a un arma en circunstancias que indiquen la intención de utilizarla contra el agente o contra terceros» o en caso de que «efectuase movimientos que indiquen la inminente utilización de un arma».
La resolución establece además que ante el necesario empleo de armas, los agentes «deberán identificarse como tales, intimando de viva voz a cesar la actividad ilícita» salvo «en aquellas situaciones donde dicha acción pueda suponer un riesgo de muerte o de lesiones graves a otras personas».
Tampoco es obligatoria la identificación como agente federal «cuando se pusiera indebidamente en peligro sus propias vidas o su integridad física, o cuando resultare ello evidentemente inadecuado o inútil».
Bullrich adelantó que le pedirá a todas las policías provinciales que utilicen la misma reglamentación porque eso «le va a permitir a las fuerzas de seguridad proteger a la gente y no estar pensando que si toman la decisión que tienen que tomar, van a terminar procesadas o encarceladas».