Colombia: el país dónde los niños son “máquinas de guerra” – Por Maureén Maya
15 octubre, 2021
category: COLOMBIA, FORO DEBATE
“Cuando las cosas van mal, siempre son susceptibles a empeorar”
Ley de Murphy
El senador Iván Cepeda denunció la muerte de cuatro menores de edad en un bombardeo contra el frente de guerra occidental del ELN en zona del litoral San Juan, Chocó. No es la primera vez que muere un menor en un bombardeó en este lugar de pacífico colombiano ni será la última vez que ocurra en el país, mientras impere una política de guerra y tierra arrasada contra quienes, en lugar de protección, reciben trato de objetivos militares. Las organizaciones ‘Coalición contra la vinculación de niños, niñas y jóvenes al conflicto armado en Colombia’ (Coalico) y ‘Save the Children Colombia’, rechazaron los hechos, alertaron sobre un aumento en el número de casos, e insistieron en que los niños, siempre y en todo momento, deben ser protegidos y sus derechos plenamente garantizados, sin excepciones.
La historia no es nueva en Colombia, desde hace años se repite, y bajo este gobierno se pueden citar varios casos. En la noche del jueves 29 de agosto de 2019, dos aviones Súper Tucano, que habían despegado de la base de Apiay, en el Meta, con rumbo a la vereda Candilejas, zona rural de San Vicente del Caguán, Caquetá, bombardearon un campamento móvil de la disidencia del frente séptimo de las FARC, liderado por Rogelio Bolívar Córdoba, alias ‘Gildardo Cucho’. Luego de que el presidente Duque declarará ante los medios que se trató de una operación impecable, el país supo que habían muerto ocho o doce menores, entre ellos Diana Medina, de 16 años de edad, reclutada a la fuerza en la vereda Pringamoso (la cifra total nunca de confirmó). También se supo que los altos mandos militares y el ministro de Defensa tenían conocimiento de la presencia de los niños en aquel campamento. Cinco días después, el ministro Guillermo Botero, fue citado a debate de moción de censura en el Senado. Ni el supuesto blindaje jurídico que argumentó para justificar el bombardeo ni “haber seguido los parámetros que rigen la doctrina militar colombiana” ni contar con el apoyo del jefe de Estado o haber sorteado con relativo éxito tres fuertes escándalos internacionales (uno de ellos por el asesinato del excombatiente Dimar Torres a manos de militares en servicio, y sobre el cual ofreció una versión falsa al país), fueron suficiente. Un día después del segundo llamado a moción de censura el 5 de noviembre, el ministro renunció. Y cayó bien parado. Duque lo nombró, tiempo después, embajador en Chile.
El 2 de marzo de 2021, el periodista Hollman Morris denunció la muerte de aproximadamente 14 menores de edad en un bombardeo contra un campamento de fuerzas disidentes al mando de Miguel Botache, alias ‘Gentil Duarte’, en la vereda Buenos Aires de San José del Guaviare, en el sur amazónico del país. El recién posesionado ministro de Defensa, Diego Molano, además de negarse a confirmar las denuncias, justificó el operativo calificando de «máquinas de guerra» a los menores reclutados por la guerrilla. De este modo, al crimen de guerra del reclutamiento forzado, según la legislación nacional y el propio Estatuto de la Corte Penal Internacional, se sumó el asesinato de niños víctimas del conflicto que según el Derecho Internacional Humanitario debían ser rescatados por el Estado en vez de bombardeados y presentados, en el mejor de los casos, como “daños colaterales”. El acto de indolencia e inmoralidad por parte de quien fuera, una década atrás, director general del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), entidad responsable de proteger a la infancia en situación de abandono, vulnerabilidad y maltrato, y garantizar sus derechos, dejó al país sin aliento. Dos meses después, luego de una jornada de protestas ciudadanas durante un Paro marcado por la extralimitación en el uso de la fuerza por parte de agentes de la policía nacional, (en ese momento se contabilizaron más de 1.500 casos de abuso policial, 41 homicidios de manifestantes, 109 desaparecidos, 10 víctimas de violencia sexual y más de 800 detenidos arbitrariamente)[1], la cámara de representantes citó a debate de moción de censura al ministro Molano. Con 36 votos a favor y 109 en contra la moción se hundió el primero de junio y el ministro, luego de justificar lo injustificable desde la ética y el humanismo, salió del recinto alzado en hombros por la mayoritaria bancada gobiernista. Cuatro días atrás, el senado había hecho lo propio al ratificarlo como jefe de la Defensa Nacional con 69 papeletas contra la moción y el voto a favor de 31 legisladores.
Tras esta ratificación, a nadie pareció importarle lo ocurrido el 5 de julio de 2021. Las Fuerzas Armadas ejecutaron un operativo contra las disidencias de las FARC, lideradas por Iván Márquez, en la vereda La Esperanza, San Vicente del Caguán, Caquetá, sobre el campamento de alias el ‘Loco Ferney’, llamado la “Segunda Marquetalia”. El bombardeo contó con seis aviones Super Tucano y el apoyo de varias unidades de las Fuerzas Especiales del Ejército. La defensoría del pueblo informó sobre la muerte de un adolescente de 17 años, perteneciente al resguardo indígena Altamira; se llamaba Yeison Stiven Yule Pequi y al parecer había sido reclutado contra su voluntad.
La historia se repite una vez tras otra
‘El objetivo es el objetivo y nada más importa’, parece ser el lema de las FFMM, que el pasado 16 de septiembre, con los radares y la mira puestos en el guerrillero del ELN, Ogli Ángel Padilla Romero, alias ‘Fabián’, llevaron a cabo una operación tipo ‘Beta’[1] en el litoral de San Juan, Chocó para acabar con su vida (o neutralizarlo como dicen los militares). La misma inteligencia militar que informó sobre su ubicación también tuvo que estar al tanto sobre la presencia de menores de edad, víctimas de reclutamiento forzado en ese campamento, pero ello no detuvo el operativo. En medio de la ofensiva militar murieron cuatro menores de edad, —tres niños de 17 años y una niña de 13 años—, según reportes de Medicina Legal. No era la primera vez que se adelantaba una ofensiva de esa magnitud contra el ELN en esta zona del Chocó y que entre las víctimas se contaban menores de edad. En enero de 2018 en desarrollo de una operación tipo ‘Alfa’[2] una niña indígena, de 16 años, resultó gravemente herida y falleció horas después. “La menor de 16 años llegó a Litoral de San Juan tras el bombardeo, que sucedió en una zona rural del municipio, con los brazos amputados. El comandante de las Fuerzas Militares, el general Alberto Mejía, aseguró que la menor había sido reclutada por el Ejército de Liberación Nacional.
El bombardeo, que tenía como objetivo a dos cabecillas de esa guerrilla, despertó las quejas de las comunidades indígenas vecinas, que denunciaron que el ataque generó el desplazamiento de sus integrantes”[3]. En esa oportunidad, el general Mejía también declaró, como hoy lo hace el ministro de Defensa, que el bombardeo cumplió con todos los protocolos.
Para el presidente Duque, el Ejército Nacional actúa bajo los protocolos internacionales vigentes sobre este tipo de operativos que se realizan contra grupos criminales. Pero para el Derecho Internacional Humanitario (DIH), no es legítimo bombardear un sitio donde se encuentren menores de edad, puesto que los niños son sujetos de especial protección, no pueden ser reclutados por las fuerzas armadas ni por los grupos armados ilegales, y jamás deben participar en las hostilidades. El Estado tiene la obligación de garantizar sus derechos y debe tomar todas medidas a su alcance para protegerlos y brindarles seguridad, vida y dignidad.
En una entrevista publicada por el diario El Tiempo, a propósito del bombardeo en el Guaviare a principios de 2021, Jorge Restrepo, director del Centro de Recursos para el Análisis de Conflictos (CERAC) declaró que estas “acciones deben tener en cuenta que exista un peligro o riesgo inminente contra la seguridad de la población civil y se debe garantizar que se extremen las medidas de precaución para asegurarse que no existan menores de edad forzosamente reclutados por el grupo armado. […] Frente a la posible presencia de menores reclutados pudo haberse optado por otras modalidades militares (el despliegue de tropas en terreno, el uso de francotiradores) que han sido usadas para asestar otros grandes golpes a los jefes de los grupos armados”[4].
En las directivas militares existe la posibilidad de abortar una operación cuando las condiciones indican cambio en la ubicación del objetivo, riesgo de fracaso del operativo o cuando el principio de distinción señala riesgo de la población civil o presencia de menores y civiles. “A toda operación de bombardeo la precede una serie de verificaciones de inteligencia que, llegado el momento, tienen un análisis operacional y jurídico por expertos de la FAC. La evaluación de un daño colateral siempre está presente, y dependiendo del riesgo de afectación a la población civil (de nivel medio hacia arriba), crece la posibilidad de abortar una misión. En las operaciones más sensibles se usan las bombas inteligentes, que son guiadas electrónicamente y cuya precisión se acerca al 100 %.
[…] En toda operación de bombardeo participa un avión de inteligencia de los que tiene en servicio la Fuerza Aérea y que graba toda la operación y entrega información en tiempo real sobre los movimientos en tierra del objetivo y de terceros en la escena. En esas misiones se usan naves como la King Air 300, Vampiro SA 2-37 B, Citation lV SR-560 y Merlín”[5].Un caso emblemático de responsabilidad del Estado en el desarrollo de un bombardeo, es el conocido como la “Masacre de Santo Domingo” ocurrida el 13 de diciembre de 1998 en el marco de un operativo militar de las fuerzas armadas colombianas. “Un helicóptero militar lanzó un dispositivo Clúster de tipo AN-M1A2 compuesto por granadas o bombas de fragmentación AN-M41A sobre la calle principal del caserío de Santo Domingo, Arauca, asesinando a 17 personas, incluyendo niños y niñas, y dejando 27 heridos. El mismo día muchas personas tuvieron que abandonar sus residencias y movilizarse al corregimiento de Betoyes en el mismo municipio del Tame. Además, la Fuerza Aérea Colombiana realizó ametrallamientos desde las aeronaves contra personas que iban en dirección opuesta al caserío. El Tribunal Contencioso Administrativo estableció la responsabilidad del Estado y fueron condenados tres autores materiales[6]”. El caso también fue llevado a la justicia internacional. En noviembre de 2011 la Corte IDH condenó al Estado por estos hechos, al considerar que “debido a la precisión limitada del dispositivo utilizado, el lanzamiento del mismo en el casco urbano del caserío de Santo Domingo o cerca de ahí, era contrario al principio de precaución reconocido por el DIH, lo que le permitió a la Corte declarar la responsabilidad del Estado por la violación del derecho a la vida, en perjuicio de personas fallecidas en el caserío de Santo Domingo, así como del derecho a la integridad personal en perjuicio de las personas que resultaron heridas”. Según el organismo interamericano, las pruebas técnicas avaladas por Cortes colombianas fueron suficientes para concluir que fue la bomba Clúster (racimo) lanzada por la Fuerza Aérea, y no una bomba de las Farc, la que provocó la tragedia de Santo Domingo”[7].
Frente al reciente bombardeo en el Chocó, el presidente Duque insiste en defender la legitimidad de la acción, negando la presencia de población civil y desestimando la muerte de cuatro menores de edad. Para él se trató de “un blanco legítimo por la amenaza que representaba para la seguridad del país”.
Su declaración fue rechazada por congresistas de oposición, organizaciones sociales y defensores de los derechos humanos. El senador Iván Cepeda sostuvo que las palabras del jefe de Estado justifican una posible violación de los derechos humanos y del DIH. “El presidente Duque está justificando crímenes de guerra, porque los menores de edad no pueden ser objeto de acción indiscriminada, desproporcionada, sin ningún principio de protección o precaución y sin principio de distinción por parte de las Fuerzas Militares. […]El hecho de que el presidente haga esa justificación lo único que ratifica es que Colombia se ha convertido en un Estado que viola de manera masiva y sistemática los derechos humanos desde un Gobierno que los justifica plenamente”[8].
Por su parte, María Paula Martínez, directora de la organización Save The Children en Colombia, condenó la acción militar. “No hay derecho ni razón para que no protejamos nuestra niñez, debe usarse el principio de distinción en medio de la operación militar, distinguir entre quienes son población civil y quienes no lo son”. Además, sobre el reclutamiento forzado del que los niños fallecidos fueron posible objeto, Martínez aseguró que el delito aumentó exponencialmente en el Chocó durante la pandemia. “Hemos visto que en Chocó por ejemplo hay cientos de niños que aún están en manos de grupos armados y a los que no se les ha podido garantizar sus derechos”.
También envió un mensaje a las partes en conflicto para que reconozcan la ilegalidad del reclutamiento forzado y sus repercusiones. “Me dirijo a las partes en conflicto en Colombia para decirles que el reclutamiento y uso de niños y niñas en el conflicto armado está prohibido por las normas del Derecho Internacional Humanitario, de la Constitución Política de Colombia y por nuestro Código Penal. Es una práctica que pone en riesgo la vida de miles de niños en este país, les quita su infancia y la posibilidad de cumplir todos los ciclos de vida realizando plenamente su ciudadanía y el acceso a sus derechos”, aseveró, haciendo un llamado para proteger los derechos de los menores de edad por encima de cualquier otro”[9].
Casi un mes después del bombardeo, la procuradora General, Margarita Cabello, pidió al comandante de las Fuerzas Militares, el general Luis Fernando Navarro, un informe completo sobre lo sucedido, especificando si se produjo el fallecimiento de los menores (¿por si Medicina Legal miente?), cómo se ejecutó el operativo y cuáles eran las edades de los niños y adolescentes que habrían perdido la vida en esta acción militar contra el ELN.
Por su parte el ministro del Interior, Daniel Palacios, haciendo eco a lo dicho por el jefe de Estado (los ministros están para defender al mandatario y sus decisiones, no para cuestionarlo, aunque ello implique desconocer la carta política) afirmó que la operación constituye un éxito militar. Esta “operación quirúrgica y de “alta precisión” iba dirigida contra alias ‘Fabián’, cabecilla principal del frente de guerra occidental y miembro de la dirección nacional del ELN y contra alias ‘Carlitos’, dijo tras exaltar la acción militar, como si fuera un rotundo hecho promocional en tiempo preelectoral, omitiendo información crucial para el país.
Cepeda lo denunció. “El ministro no informó a la opinión pública que dentro de los abatidos hubiese adolescentes” y por eso pidió la intervención del Instituto Nacional de Medicina Legal que confirmó el deceso de los menores de edad, entre los que había una pequeña de tan solo 13 años. “Nos llama la atención que esa situación no se haya puesto en conocimiento del país”[10].
De nuevo el llamado a recapacitar y aplicar el DIH, hecho por el exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia y ex jefe del Equipo Negociador del Gobierno con las FARC-EP en los diálogos de paz de La Habana, Humberto de la Calle Lombana, a través de su cuenta de Twitter, fue ignorado. “El DIH busca protegernos de los estragos de la guerra. Ahora lo quieren usar como carta blanca. Decir que los niños son máquinas de guerra, muestra una terrible falta de empatía. Estamos cocinando un nuevo ciclo atroz. Y una oportunidad perdida de evitarlo. ¡Recapacitemos todos!
Pero la visión humanista de Humberto De La Calle choca contra la postura del ministro Molano, quien valora los hechos desde otra realidad. Frente al caso del Guaviare, del que inexplicablemente salió bien parado, aseguró que se estaba “hablando de un operativo que tenía una estructura narcoterrorista que usa a jóvenes para convertirlos en máquinas de guerra. Los menores «dejan de ser víctimas cuando cometen delitos, […] y «desafortunadamente, se convierten en criminales»[11].
Más allá de opiniones e interpretaciones existe una legislación y un deber constitucional e internacional. Kenneth Burbano Villamarín, director del Observatorio Constitucional de la Universidad Libre de Colombia señaló que en esta situación hay una conjunción de ordenamientos que se debe tener en cuenta, conforme al DIH y la Constitución de 1991. “Respecto al DIH, si se tenía conocimiento que había menores de edad (en Colombia menores de 18 años) no resulta legítimo realizar bombardeos dada la condición de víctimas de reclutamiento forzado que tienen esos niños. Por tanto, primaría la máxima precaución en la realización de esas operaciones y se habría tenido que buscar un método que condujera a rescatar a los menores”[12].
De acuerdo con el fallo del Tribunal Superior de 2011, para el caso Santo Domingo, a la restricción para el uso de bombas tipo clúster o bombas racimo o de fragmentación[13], se suma el “principio distinción, que claramente señala la necesidad de diferenciar la población civil de los objetivos militares, tal como lo exige el art. 13 del Protocolo II adicional de los convenios de Ginebra, parte del bloque de constitucionalidad. “Ante la evidente presencia de personas civiles deba suspenderse cualquier operación tipo Beta: “no debe realizarse sobre caseríos o zonas desde (sic) donde exista población civil, aun cuando se consideren habitados por bandoleros o cuando se presuma la presencia de personas inocentes, mujeres y niños””[14].
Sin duda estamos ante lógicas que no encuentran punto medio de conciliación y que exponen nociones de país y deberes de Estado diametralmente opuestos. Sin embargo, más allá de las leyes y normas que establecen el deber de garantizar la vida, derechos y dignidad a los menores de edad, (de cumplimiento también moral) o de sus aparentes contradicciones como en el DIH cuando a la vez que establece una protección especial para personas particularmente vulnerables como los niños en los conflictos armados, también afirma que “una persona mayor de 15 años puede ser considerado un combatiente y en consecuencia, un blanco legítimo”, pero más allá del vacío en la literatura legal, los niños y las niñas siempre gozan de un estatus de protección especial, tanto ante el DIH como en otros instrumentos internacionales y nacionales.
Según el artículo 8, numeral XXVI del Estatuto de Roma, “reclutar o alistar a niños menores de 15 años en las fuerzas armadas nacionales o utilizarlos para participar activamente en las hostilidades” es un crimen de guerra. El artículo 162 del Código Penal Colombiano (Ley 599 del año 2000), reconoce que el delito de reclutamiento ilícito cobija a menores de 18 años. Además, frente a la presencia de menores, como afirmó meses atrás José Miguel Vivanco, director ejecutivo para las Américas de Human Rights Watch, se debe determinar si los menores que se encuentran en zona de guerra participan o no de las hostilidades, porque de no hacerlo son civiles, que podrían estar siendo obligados o manipulados para ser parte de un conflicto que no les pertenece.
Un bombardeo, reconocido como la máxima expresión del uso de la fuerza de un Estado, siempre debe valorar el riesgo que representa para la población civil, distinguir claramente entre no combatientes y combatientes, utilizar todos los recursos a su alcance para causar el menor daño posible, aminorar el sufrimiento, y proteger a civiles, en especial a los menores de edad. Los seis principios básicos del DIH (humanidad, distinción, limitación, precaución, necesidad militar y proporcionalidad), existen para regular la actuación de las partes en conflicto, y no pueden ser desconocidos por ninguna de ellas. No es coherente con los valores humanos, las leyes, la constitución y los tratados internacionales que regulan la existencia de las naciones y el ordenamiento de los Estados, que desde el alto gobierno se justifique la muerte violenta de menores que el Estado fue incapaz de proteger, y que se busque a toda costa evadir responsabilidades, adjudicando un carácter criminal a niños víctimas del conflicto. Se trata de una doble victimización, o triple, si consideramos su situación de vulnerabilidad. Abatir a un comandante guerrillero no justifica el asesinato de menores de edad.
Si en un acto de guerra mueren ciudadanos indefensos nunca se podrá decir -como aseguró el ministro del Interior- que se trató de un acto legítimo ni de una “operación quirúrgica” y de “alta precisión”. Nunca se podrá justificar desde la ética una acción cuando el resultado es una herida en la conciencia nacional, a menos, claro está, que el objetivo fuera también la muerte de los pequeños (máquinas de guerra o futuros terroristas como indica el ministro Molano cuando recuerda que alias Gabino fue reclutado a los 14 años de edad), lo que revelaría el nivel de criminalidad del gobierno y la ingente necesidad de garantizar la acción decidida y oportuna de los tribunales de justicia internacionales para que estos hechos no se sigan repitiendo, y condenen al presidente y su cúpula de gobierno, como responsables de graves delitos contra la humanidad, crímenes de guerra y por frenar la acción de la justicia e imponer un manto de impunidad.
Cuando las nociones de país y sus leyes chocan entre sí, llegando incluso a la contradicción, solo nos queda el deber de actuar con humanidad defendiendo lo esencial, que es la vida en todas sus expresiones, la justicia, la dignidad humana, los derechos humanos y la decencia administrativa. Si un acto de guerra conlleva una injusticia nada puede justificar su realización, ningún argumento político o idea de “seguridad” o de inteligencia puede legitimar el horror. La precisión de un operativo no se mide en ‘bajas’, sino en acciones capaces de salvaguardar vida, los derechos y la justicia, como valor sagrado de una sociedad. El éxito no es la muerte; el éxito es el diálogo constructivo, la disuasión del daño, el acuerdo generoso y transparente, la justicia oportuna y la protección de la vida, aun en condiciones adversas.
/En próximos días el ministro de Defensa será llamado a un debate de control político en el Congreso de la República para que rinda explicaciones por este operativo en el Chocó. Pero no hay que hacerse ilusiones; aún prevalece la lógica de la muerte sobre el deber de la vida en este gobierno y en la mayoría del parlamento. Sin embargo, aunque el resultado sea adverso para las víctimas y la justicia, que se cite es importante.
//El Estado tiene el deber de reparar a las personas, familias, comunidades y colectivos afectados por sus actos de guerra y ausencia de garantías para proteger a sus niños y niñas tanto de la criminal práctica del reclutamiento forzado como de los bombardeos y ametrallamientos. ¿La familia indígena de la niña mutilada y muerta a causa de un bombardeo de las fuerzas militares de Colombia en 2018 fue reparada? ¿Las familias de los menores muertos en Guaviare y en Chocó ya fueron reconocidas y reparadas? Ningún bombardeo que mata niñas y niños es legítimo.
[1] “La Fuerza Aérea usa el código Beta para los bombardeos, operaciones planeadas en las que los aviones más usados son los Tucano. Estos cuentan con 2 ametralladoras calibre 0,50 y 5 puntos bajo las alas con capacidad para llevar 3.300 libras en bombas y cohetes. […]Para dar luz verde a los bombardeos se hace un examen sobre los riesgos de daño colateral y se verifica con inteligencia que el objetivo esté en el sitio. […] También se usa el código Alfa Charlie, que significa vía libre para ametrallamiento o lanzamiento de cohetes, que se hacen desde aviones y desde los helicópteros Arpía, en su versión repotenciada. Usan proveedores de 2.000 balas”. En El Tiempo; “Claves de los bombardeos contra grupos criminales”. Bogotá, 9 de mayo de 2016.
Ver: https://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS-16587154
[2] Las operaciones tipo ‘alfa’ se caracterizan por ser operaciones tácticas únicamente de ametrallamiento y uso de cohetes, al igual que las operaciones de tipo Charlie que hacen referencia a operaciones con utilización de cohetes sobre las zonas que determine el Comando de las Unidades Aéreas. Se podría e tender como otra forma de acción aérea de guerra contra un blanco específico.
[3] Vanguardia; “Falleció niña indígena herida en bombardeo contra el ELN en el Chocó”. Bucaramanga, 7 de febrero de 2018. Ver en: https://www.vanguardia.com/colombia/fallecio-nina-indigena-herida-en-bombardeo-contra-el-eln-en-el-choco-KDVL423832
[4] El Tiempo; “Qué dicen expertos en DIH sobre bombardeo a campamento en el Guaviare”. Bogotá, 11 de marzo de 2021. Sección Justicia. Ver en: https://www.eltiempo.com/justicia/investigacion/es-legal-bombardear-campamentos-en-los-que-hay-menores-de-edad-572478
[5] El Tiempo; “Claves de los bombardeos contra grupos criminales”. Bogotá, 9 de mayo de 2016. Ver: https://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS-16587154
[6] Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Masacre de Santo Domingo Vs. Colombia. Caso 12.416. Presentado por los Representantes de las víctimas y sus familiares: Rafael Barrios Mendivil. Jomary Ortegón Osorio y Nicolás Escandón Henao. Corporación Colectivo De Abogados José Alvear Restrepo. Noviembre de 2011. Ver: https://corteidh.or.cr/docs/casos/santodomingo/esap.pdf. Wikipedia:
[7] El Espectador; “Corte Interamericana condena a Colombia por masacre de Santo Domingo”. Sección Judicial. Bogotá, 18 de diciembre de 2021. Ver en: https://www.elespectador.com/judicial/corte-interamericana-condena-a-colombia-por-masacre-de-santo-domingo-article-393158/
[8] La F.M Radio; “El presidente Duque está justificando crímenes de guerra»: Iván Cepeda”. Bogotá, 8 de octubre de 2021. Ver en: https://www.lafm.com.co/politica/el-presidente-duque-esta-justificando-crimenes-de-guerra-ivan-cepeda
[9] Infobae; “Save The Children rechazó el bombardeo contra alias ‘Fabián’ que dejó cuatro menores muertos en el Chocó”. Bogotá, octubre 8 de 2021.
Ver en: https://www.infobae.com/america/colombia/2021/10/08/save-the-children-rechazo-el-bombardeo-contra-alias-fabian-que-dejo-cuatro-menores-muertos-en-el-choco/
[10] Ídem.,
[11] BBC; “»Máquinas de guerra»: la polémica en Colombia por la justificación del gobierno de un bombardeo a la guerrilla en el que murió al menos una menor”. Redacción Noticias América Latina. Londres, 11 de marzo de 2021. Ver en: https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-56261428
[12] El Tiempo; Op. Cit,. Bogotá, 11 de marzo de 2021.
[13] “Las bombas tipo clúster son las llamadas igualmente bombas racimo o de fragmentación que consisten en “Proyectiles con cartuchos metálicos de caída libre o dirigida que contienen cientos de pequeñas submuniciones explosivas – cada unidad mide unos 10 cms. -, también llamadas bombetas, que se lanzan desde el aire (puede contener hasta 664 unidades) o desde piezas de artillería (hasta 60) que, en teoría, están diseñadas para explosionar, al impactar sobre el terreno o con un objeto o tras un lapso de tiempo prefijado, con el fin de inutilizar amplias zonas de terreno mediante la dispersión de dichos artefactos” (Jar, 2010, p. 1). Citado en: “El riesgo permitido en las operaciones tipo beta desarrolladas por la fuerza aérea colombiana en el marco del conflicto armado interno en Colombia”. Por José Mauricio Lara Ángel. Pág 80.
[14] Ídem, Tribunal Superior de Bogotá, 2011, p. 51.