ONU: Estados Unidos debe reubicar a migrantes retenidos
El Centro de Procesamiento ubicado en Tacoma, en el Estado de Washington, está dirigida por una empresa privada.
Expertos en Derechos Humanos de la ONU recibieron informes sobre la falta de atención médica de los 1,500 detenidos por Estados Unidos en los centros de frontera, donde los migrantes no pueden mantener la distancia física que se necesita para evitar el contagio por coronavirus.
El relator especial de la ONU sobre los derechos humanos de los migrantes indicó este lunes que, para evitar el riesgo de un brote del COVID-19 en los centros de detención de migrantes en los Estados Unidos, el Gobierno de ese país debe aplicar alternativas a la detención en esas dependencias «superpobladas e insalubres».
«Es muy difícil mantener la distancia física necesaria en centros de detención abarrotados. Reducir significativamente el número de migrantes detenidos dejándolos en lugares alternativos puede resolverlo fácilmente», dijo Felipe González Morales.
El experto recordó que ninguno de estos migrantes está pendiente de juicio por causas penales, sino que esperan las resoluciones sobre sus demandas de inmigración.
Añadió que los expertos en derechos humanos de la ONU han recibido repetidos informes sobre las condiciones insalubres y la falta de atención médica adecuada para los 1500 detenidos en el Centro de Procesamiento del Noroeste, ubicado en Tacoma, en el Estado de Washington.
Esta dependencia está dirigida por una empresa privada, el Grupo GEO, por encargo del Servicio de Inmigración y Aduanas de los Estados Unidos.
González Morales y un grupo de expertos de la ONU en derechos humanos pidieron a la administración estadounidense y al Grupo GEO que garanticen el acceso a la atención médica, a las instalaciones de agua y saneamiento adecuadas, y que refuercen las medidas para prevenir el brote y la propagación de COVID-19 dentro de las dependencias del Centro.
El grupo de expertos lo forman: Chris Kwaja, presidente-relator del Grupo de Trabajo sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas; Nils Melzer; relator especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; y Léo Heller, relator especial sobre los derechos humanos al agua potable y el saneamiento.
«Hemos escuchado que faltan medidas de protección para los detenidos, que es imposible mantener la distancia física recomendada y que no se aísla a los recién llegados para su observación médica”, denunció González.
Agregó que “esto plantea graves inquietudes de que el coronavirus pueda propagarse en el centro, en el que se han reportado problemas en la prestación de una atención sanitaria inadecuada y de condiciones insalubres”.
El relator especial manifestó que la detención administrativa de los migrantes debería utilizarse como último recurso y que las autoridades deben estudiar en primer término medidas alternativas que no comporten la privación de la libertad. Entre ellas recomendaron el alojamiento en comunidades u otras soluciones de asistencia menos restrictivas.
«Las autoridades deben evaluar la posibilidad de adoptar medidas alternativas y rápidamente aplicables en el país y desarrollar un conjunto de criterios para identificar y liberar de inmediato en ubicaciones sustitutivas a las personas en detención administrativa», dijo.
El experto subrayó que las alternativas a la detención generalizada de inmigrantes en los Estados Unidos también permitirían que estas personas no sean detenidas arbitrariamente.
Los Relatores Especiales y los Grupos de Trabajo forman parte de lo que se conoce como los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos. Los Procedimientos Especiales, el mayor órgano de expertos independientes del sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas, es el nombre general de los mecanismos independientes de investigación y supervisión del Consejo que se ocupan de situaciones de países concretos o de cuestiones temáticas en todas las partes del mundo. Los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de forma voluntaria; no son personal de la ONU y no reciben un salario por su trabajo. Son independientes de cualquier gobierno u organización y prestan servicios a título individual.
Fuente: Agencia de noticias ONU – Foto: archivo