Limitan discrecionalidad del Ministerio Público venezolano
Lanzada como punta de lanza de la oposición venezolana desde abril, la fiscal general Luisa Ortega ha ido utilizando progresivamente al Ministerio Público como soporte judicial del intento de golpe de estado de la MUD. Declarada en rebeldía, desconoce cualquier otra autoridad judicial, la convocatoria legal a una elección constituyente y realiza imputaciones que han sido denunciadas como discrecionales y arbitrarias.
En este marco, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) sentenció este miércoles que la imputación legal de una persona sólo puede realizarse “mediante acto formal ante el Juez de Primera Instancia en funciones de control competente”. Por lo tanto, cualquier persona investigada o aprehendida sólo quedará imputada luego que el Ministerio Público remita las acusaciones y pruebas al abogado defensor en la sede del órgano jurisdiccional penal competente.
El TSJ argumentó el fallo en la necesidad de que “el Juez o la Jueza (en funciones de Control) garantice y supervise el cumplimento de la legalidad en el proceso, especialmente en lo referente a los derechos constitucionales del investigado, así como el debido proceso, la tutela judicial efectiva y la posibilidad de ejercer los recursos correspondientes”, según se lee en la sentencia.
El máximo tribunal judicial venezolano todavía no decidió si abrirá un juicio para la destitución de la fiscal general, para lo que aún tiene un plazo de 25 días según el Código Orgánico Procesal Penal.
Por su parte, Luisa Ortega declaró que no dejará su cargo y que buscará cumplir su mandato hasta 2021.